La Abogacía del Estado se opone a la suspensión cautelar del decreto para la regularización extraordinaria de inmigrantes aprobado en abril por Consejo de Ministros. Los servicios jurídicos del Estado han pedido al Tribunal Supremo que rechace la petición que han presentado tres asociaciones, la Comunidad de Madrid y Vox para que la justicia frene de forma cautelar el proceso por el que el Gobierno prevé que unos 500.000 inmigrantes que se encuentran en España en situación irregular puedan incorporarse al sistema, cotizar, pagar impuestos y tener derechos y obligaciones. Según la Abogacía, no se dan los requisitos legales para adoptar esa medida cautelar, ya que los efectos del proceso no serían “irreversibles” si el Supremo revoca en un futuro la regularización, ni la concesión de una autorización de residencia va a impactar en los servicios públicos, como sostenían las peticiones de suspensión.
Los servicios jurídicos del Estado rechazan que el proceso perjudique a los servicios públicos
Los servicios jurídicos del Estado rechazan que el proceso perjudique a los servicios públicos

La Abogacía del Estado se opone a la suspensión cautelar del decreto para la regularización extraordinaria de inmigrantes aprobado en abril por Consejo de Ministros. Los servicios jurídicos del Estado han pedido al Tribunal Supremo que rechace la petición que han presentado tres asociaciones, la Comunidad de Madrid y Vox para que la justicia frene de forma cautelar el proceso por el que el Gobierno prevé que unos 500.000 inmigrantes que se encuentran en España en situación irregular puedan incorporarse al sistema, cotizar, pagar impuestos y tener derechos y obligaciones. Según la Abogacía, no se dan los requisitos legales para adoptar esa medida cautelar, ya que los efectos del proceso no serían “irreversibles” si el Supremo revoca en un futuro la regularización, ni la concesión de una autorización de residencia va a impactar en los servicios públicos, como sostenían las peticiones de suspensión.
La respuesta de la Abogacía del Estado se enmarca en los recursos que se han presentado en el Supremo contra la regularización de inmigrantes. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha fijado para este miércoles cinco vistas para debatir la petición cautelar de suspensión solicitada en cinco de estos recursos (los de Hazteoír, Libertad y Justicia, la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica, Vox y la Comunidad de Madrid). En esas sesiones no se entrará en el fin del asunto (si la regularización es o no legal), solo se analizará si hay razones para paralizar el proceso de forma cautelar hasta que el Supremo resuelva sobre el fondo del asunto.
El Gobierno de Isabel Díaz Ayuso, Vox y las asociaciones que han reclamado la suspensión sostienen que, si el proceso sigue adelante y los jueces tumban el decreto dentro de unos meses, ya no tendrá efectos esa decisión. Asimismo, aseguran que la regularización va a tener un impacto negativo en diferentes servicios públicos, especialmente los sanitarios. La Abogacía rechaza estos argumentos y concluye que la suspensión cautelar del decreto “dejaría sin efecto útil” esta norma, “dañando gravemente el interés general”.
La Abogacía recuerda que las personas extranjeras que van a poder solicitar las autorizaciones de residencia del nuevo real decreto ya se encontraban en España antes del 1 de enero de 2026. Por tanto, durante este periodo ya han sido usuarias de los diferentes servicios públicos. Los servicios jurídicos del Gobierno recalcan, además, que la ley ya garantiza el acceso a la prestación sanitaria sin atender al estatus de la persona extranjera, por lo que la regularización no va a impactar en la sanidad pública.
“La concesión de una autorización de residencia no genera el impacto en los diversos servicios públicos dado que, en la actualidad, las personas destinatarias de dicha medida ya son usuarias de tales servicios. La obtención de la autorización permitirá, en cambio, el acceso al pleno ejercicio de los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico, entre los que resulta especialmente relevante el derecho al trabajo. Ello no solo contribuirá de manera efectiva a su integración social, sino que además comportará un incremento de las cotizaciones sociales derivado de su incorporación al mercado laboral”, señala la Abogacía.
Según los servicios jurídicos del Gobierno, la suspensión cautelar de la norma “dañaría” dos intereses generales: el interés público, dado que la norma se encuentra ya inserta en nuestro ordenamiento jurídico y despliega efectos desde el día siguiente a su publicación; y una eventual suspensión de la eficacia de la norma imposibilitaría el desenvolvimiento de los efectos del proceso de regularización. La fecha límite para la presentación de solicitudes recogida en la norma es el 30 de junio, con lo que la suspensión “dañaría gravemente los intereses de los potenciales solicitantes, dado que no podrían acceder a las autorizaciones administrativas recogidas en la norma”, afirma la Abogacía.
El Supremo ya rechazó en abril la suspensión urgente de la regularización de inmigrantes que habían reclamado algunas asociaciones. En ese caso, la Sala de lo Contencioso-Administrativo argumentó que no se daba el requisito de “especial urgencia” que exige la ley para adoptar una medida cautelarísima (sin audiencia previa del Ejecutivo) y ordenó tramitar la petición de suspensión cautelar del decreto por la vía ordinaria y dio 10 días a la Administración para que presente alegaciones.
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